Si eres
De acuerdo a la Ley, las bolivianas y bolivianos residentes en el exterior tienen derecho al voto en los siguientes procesos eleccionarios de Bolivia:
Para tal cometido, el Tribunal Supremo Electoral (TSE), en coordinación con el Servicio Exterior Boliviano, establece recintos electorales en aquellos países en los que el Estado Plurinacional de Bolivia cuenta con representación diplomática y consular permanente y existen electores inscritos en el Padrón Electoral. Por lo tanto, es necesaria la inscripción del votante en el padrón.
A diferencia del voto dentro del país, el voto en el exterior es voluntario.
Con ciertos meses de anticipación, generalmente tres a cuatro, el TSE emite la orden de iniciar el proceso de empadronamiento para aquellos bolivianos que cumplirán 18 años hasta la fecha de la elección o que hayan cambiado de dirección de domicilio. El proceso dura de uno a dos meses y tiene lugar en la totalidad del territorio nacional y en aquellos países con representación diplomática boliviana.
El empadronamiento consiste en el proceso de registro de una persona en el Padrón Electoral. Los bolivianos con residencia en un país extranjero con representación diplomática y consular boliviana interesados en ejercer su derecho al voto deben apersonarse en la Embajada o Consulado de Bolivia de su país o ciudad dentro del plazo establecido por el TSE para realizar su correspondiente empadronamiento.
Los documentos necesarios para el empadronamiento en el exterior son:
Cualquiera de los dos documentos es suficiente, además de la presencia física del interesado en la Embajada o Consulado de Bolivia para dar lugar al trámite. El registro en el Padrón Electoral no tiene ningún costo.
Al igual que con el empadronamiento regular en territorio nacional, este no suele tardar más de cinco minutos, que son los que le toma a la persona encargada de hacer unas cuantas preguntas y tomar las huellas digitales y una fotografía. Sin embargo, en función a la cantidad de personas esperando en la fila, se puede demorar un poco más. También, de acuerdo a las condicionantes locales del país en el que se lleva a cabo el empadronamiento, pueden ocasionarse situaciones particulares en las que sea necesaria la reserva de una cita previa.
No, puesto que solo es posible hacerlo en alguna Embajada o Consulado de Bolivia. En caso de que el país en el que un boliviano tiene residencia no cuente con representación diplomática y consular boliviana, no será posible que este pueda ejercer su derecho al voto en los procesos eleccionarios habilitados para el voto desde el exterior.
De esta manera, si te encuentras en edad de votar y resides en un país que cuenta con alguna Embajada o Consulado Boliviano, puedes registrarte en el Padrón Electoral para ejercer tu derecho al voto. Además, recuerda que la legislación boliviana no contempla ninguna otra modalidad de votación ajena a la personal y en una papeleta física, por lo que deberás hacer las previsiones necesarias para encontrarte en el recinto electoral dentro del horario habilitado para votar en el país en el que te encuentras ubicado(a).